NEGLIGENCIA MÉDICA POR INFECCIÓN HOSPITALARIA (MENINGITIS)
Se condena en 91.213,08€ a Zurich por la infección causada a una bebé prematura durante su ingreso en Neonatología del Hospital Clínic de Barcelona, que le causó meningitis e hidrocefalia.
Se condena en 91.213,08€ a Zurich por la infección causada a una bebé prematura durante su ingreso en Neonatología del Hospital Clínic de Barcelona, que le causó meningitis e hidrocefalia.
El Tribunal Supremo ha confirmado, mediante Sentencia publicada el 4/02/15, la condena a Zurich, aseguradora del ICS, a pagar 659.000 € a la paciente y 120.480 € a sus padres por el contagio del VIH en el Hospital Vall d’Hebron.
Cuando la paciente tenía 8 meses de edad requirió ingresó hospitalario en el Vall d’Hebron en donde se le transfundió sangre que estaba infectada por el VIH.
Posteriormente la paciente sufrió múltiples enfermedades no siendo hasta 10 años después que tras la práctica de analítica, se correlacionaron con el contagio de VIH.
Debido al contagio y al retraso diagnóstico del mismo, la paciente desarrolló la enfermedad y en el 2008 fue diagnosticada de SIDA.
La Sentencia, que fue dictada por el J. de Primera Instancia nº 1 de Barcelona y confirmada por la sección 19 de la A. Provincial de Barcelona, fue recurrida por Zurich y el ICS.
Se condena a MAPFRE, como compañía aseguradora del Instituto Dexeus, por los daños y perjuicios derivados de la infección causada en la práctica de una histeroscopia diagnostica. La paciente perdió el útero y el ovario izquierdo.
Maria, de 8 meses de edad, es ingresada en el Hospital Vall d’Hebron de Barcelona. Se le transfieren tres bolsas de sangre. Dos años más tarde le diagnostican VIH, que está relacionado con la transfusión de sangre realizada. Posteriormente desarrolla el SIDA.
Se condena a Zurich, como aseguradora de la sanidad pública, a pagar una indemnización a María de 659.286,96€, y a cada uno de sus padres, por daño moral, de 60.240,96€.
La Audiencia Provincial de Barcelona va confirmar la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Barcelona.
Zurich, como compañía aseguradora del Hospital Clínic de Barcelona indemniza a la Sra. Francisca con la cantidad de 104.837,52 €. Su marido ingresó en el Hospital Clínic para intervención quirúrgica de reparación de aneurisma de aorta mediante la colocación de una prótesis. Cinco días después fue reintervenido para extraerle unas gasas que habían quedado olvidadas en la cavidad abdominal. Poco tiempo después se constata la presencia de infección en la prótesis, por lo que se le administra tratamiento antibiótico. Tras muchos ingresos en el hospital, 18 meses más tarde se decide reintervenir para cambiar la prótesis, no siendo posible y falleciendo el paciente. Se reclamó por la negligencia médica que supone el olvido de las gasas y el retraso en la reintervención quirúrgica al ver que el tratamiento antibiótico no era efectivo.
Condena a Zurich como compañía aseguradora del Institut Català de la Salut por daño desproporcionado ya que, durante el ingreso hospitalario, la paciente sufrió un tromboembolismeoal no administrársele la medicación adecuada, además de perforación esofágica y traqueal, al realizársele defectuosa e innecesariamente una fibrogastroscopia, y múltiples(legionella, pseudomona…). Todo ello condujo a la muerte de la paciente.